Contra la reforma a discutir en Cámara de Diputados, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, pararía labores en 21 de agosto

Foto: Jufed.

*En caso dado, quedarían juzgados y tribunales de guardia, para atender casos de urgente resolución

*Precisa que por medio de la independencia judicial, busca que se respete el Estado de Derecho y que la elección por voto popular de jueces, magistrados y ministros, no arriesgue la carrera judicial

José Manuel Reyes Camero

Derivado de la iniciativa de reforma judicial presentada por el Poder Ejecutivo Federal, que será discutida por el Poder Legislativo, en viernes 16 de agosto del 2024, convocó la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) a sus miembros, a decidir en votación electrónica, a más tardar en lunes 19 de agosto, si la suspensión temporal de las actividades jurisdiccionales se realiza; para el miércoles 21 a las 00:00 horas, propuesto está el paro.

Señala la organización, que en caso de un voto mayoritario habrá paro de actividades, quedando sólo juzgados y tribunales de guardia, para atender los casos que requieran urgente resolución.

En su convocatoria señala la Jufed, que en 21 de agosto a las 00:00 horas, dará inicio la suspensión de labores y hasta que sus peticiones se cumplan, continuará y se levantará, con la aprobación de las mesas directivas nacional y regionales.

Sin embargo, señala la Jufed, encabezada por la jueza Juana Fuentes Vázquez, que esta asociación está abierta al diálogo cierto, que dé pauta a una negociación, en la que por el bien del Poder Judicial de la Federación –como garante de la seguridad jurídica–, a la mejor de las propuestas, se llegue a través de consensos.

Considera la organización, que la suspensión temporal del trabajo, es uso de un derecho de máximo rango y que, para justificar una medida de tal trascendencia, al no existir en el ámbito nacional precedente alguno, es necesario tener el respaldo, de la mayoría de las y los titulares de los órganos jurisdiccionales federales, para tener la legitimación que, ante los poderes Ejecutivo y Legislativo fortaleza nos dé, sobre todo, por la atención y respeto que merece la sociedad en general.

La suspensión de la actividad jurisdiccional, es un acto jurídico que sólo puede decretar la mayoría de un colectivo, que del mismo derecho disfruta, por lo que, hay requisitos sustantivos y formales que satisfacer.

Precisa en su convocatoria, que por medio de la garantía de la independencia judicial, busca que el Estado de Derecho se respete y que no ponga en riesgo la carrera judicial, la elección por voto popular, para a acceder a los cargos de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial de la Federación.

Por último, que el Congreso detenga al proceso de reforma actual, solicitan los jueces y magistrados.

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