Invalida la Corte, “congresazo” de Bonilla en Baja California

 

La sesión

Durante la sesión realizada a larga distancia durante poco más de dos horas, en el pasado lunes 11 de mayo del 2020, el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), decretó por unanimidad de once votos, la inconstitucionalidad del Decreto 351 (conocido como “Ley Bonilla”), que había reformado el Decreto 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; decreto aquel mediante el cual se había ampliado el periodo del Gobernador electo en esa entidad federativa en 2019, Ingeniero Jaime Bonilla Valdez, de dos años para los cuales había contendido (a cumplirse en 2021), a cinco años, a cumplirse en 2024. 

Los argumentos

Al presentar al respecto su proyecto de resolución, el Ministro Fernando Franco González Salas, en esencia expuso que “la duración de los cargos de elección popular es una condición determinante del voto”, ya que el ciudadano elige no sólo a quién debe gobernar, sino también por cuánto tiempo, por lo que al votarse para un periodo de dos años y modificarse a cinco después de concluidos los comicios, la reforma impugnada violó los principios de certeza electoral y de seguridad jurídica, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y agregó: “No puede haber una elección democrática de gobernantes, sin el conocimiento certero de la duración del cargo”.

Por su parte, el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, señaló que, al modificar la voluntad de los electores, la “Ley Bonilla” atropelló el derecho al sufragio universal, libre, secreto y directo. 

La ampliación del mandato… o el “fantasma” de la reelección

A su vez, el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, precisó que la resolución de este caso no podía quedarse en una salida formalista, que la delimitación de los periodos de los distintos cargos de elección popular, tiene una específica y potente carga histórica, y que las reformas impugnadas atacan el corazón del sistema democrático.

El “fraude” poselectoral

En seguida, el Ministro Presidente de la SCJN, Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, manifestó durante la sesión virtual, que una sola de las violaciones a la legalidad cometidas en el proceso de creación de la “Ley Bonilla”, bastaría para declarar la invalidez de tal reforma, y que tales violaciones –vistas en su conjunto e interrelacionadas– configuran un gran fraude a la voluntad popular, a la Constitución y al sistema democrático que ésta instituye, y que además representa un ilícito atípico maquinado desde el Congreso de Baja California, mediante un efecto corruptor que manipuló la Carta Magna y sus principios democráticos, fraude a la Constitución que es “un término técnico que esencialmente simula que un acto o una norma son compatibles con la Constitución, cuando no lo son”, señaló.

 

“Alterar las condiciones por las cuales se llevó a cabo una elección como aquí ocurrió constituye un verdadero fraude poselectoral”, ya que se modificó el efecto que los votos deberían tener, “conforme a las reglas del juego previamente acordadas, lo que vulnera la esencia misma del proceso democrático como forma y limitación del poder”, agregó.

El Pleno de Ministras y Ministros de la SCJN, señalaron que la reforma impugnada contravino el artículo 105 de la Constitución General de la República, que dispone que las leyes que deben regir a un proceso electoral, deben publicarse 90 días antes de que éste comience y no pueden ser modificadas en lo fundamental durante ni después de éste y, por último, que todos los actos o normas que hubiesen derivado de la aplicación de la reforma, deberán considerarse inválidos por derivar de una norma inconstitucional.

Dos años otra vez

Así pues, como consecuencia de la invalidez del citado Decreto de reforma, deberá aplicarse el artículo Octavo Transitorio de la Constitución Política del Estado de Baja California en su redacción original, el cual señala que “el Gobernador electo en el proceso electoral de 2019, iniciará funciones el primero de noviembre de 2019 y concluirá el 31 de octubre de 2021”, lo cual implica que en julio de ese año, se elija a un nuevo gobernador, declaración de invalidez que surtirá efectos, a partir de su notificación al Congreso de dicha entidad federativa.

Los antecedentes

El citado Decreto 351, fue aprobado por el Congreso local en julio del 2019 desatando una polémica, por lo que se realizó una consulta ciudadana que le sirvió de apoyo, publicándose en el Periódico Oficial del Estado de Baja California en 17 de octubre de ese año, cuatro meses después del triunfo electoral del Ingeniero Jaime Bonilla Valdez (ocurrido en domingo dos de junio del 2019), como candidato del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena, el partido del Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador) a Gobernador del estado de Baja California y unos días antes de asumir dicho cargo, lo cual provocó otra andanada de críticas de parte de partidos opositores a Morena, y organizaciones de la sociedad civil y del sector privado, incluyendo a la secretaria de Gobernación y ex Ministra de la Corte, Olga Sánchez Cordero, quien no obstante haber asistido a la ceremonia de asunción al cargo de Jaime Bonilla Valdez, señaló que la “Ley Bonilla” estaba en “entredicho Constitucional”.

Las impugnaciones

Tal decreto de reforma, fue impugnado ante la SCJN mediante las acciones de inconstitucionalidad 112/2019 y sus acumuladas 113/019, 114/2019 y 115/2019, promovidas por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, así como por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional Electoral (INE).

Una invalidación anunciada

En diciembre del 2019, antes de la declaración de invalidez del pasado lunes 11 de mayo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ya había considerado inconstitucional la “Ley Bonilla» de manera unánime, dentro de la opinión constitucional emitida a petición de la SCJN.

Las reacciones a la invalidación

El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, fue uno de los primeros en celebrar la invalidación del decreto reformatorio por parte de la Corte: “Esta decisión preserva la democracia y la división de Poderes, y hace valer el marco jurídico que le da certeza y legalidad a nuestro sistema electoral”, expresó; mientras tanto, el Consejero Ciro Murayama, manifestó que “se restaura el estado de derecho” y que en “2021 habrá 15 elecciones de gubernaturas, Baja California incluida”.

Por su parte, el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, ponderó que “Con la decisión de hoy se evita que en México regresen las reelecciones disfrazadas».

A su vez, Felipe Calderón Hinojosa (ex Presidente de México del 2006 al 2012), señaló en redes sociales, que “Su resolución (de los Ministros de la Corte) es una bocanada de aire fresco en un ambiente enrarecido por constantes desplantes de autoritarismo y quebranto de la ley”.

La reacción “Bonilla”

Mientras tanto, el Gobernador Jaime Bonilla Valdez, pendiente de la sesión a distancia de la SCJN y unos minutos después de su fallo, manifestó no estar de acuerdo con su decisión pero que la respetará: “Votaron como en una democracia, y en una democracia se gana o se pierde. Aquí yo creo que quien pierde es el Estado”, y agregó que a pesar de la “reducción” de su periodo, proseguirá con el desarrollo de su plan de gobierno, constante de unas 100 promesas de campaña, de las cuales –afirmó– por lo menos 59 ya ha cumplido.

El próximo episodio

Ahora, lo que viene es la preparación, organización y celebración de las elecciones locales en el estado de Baja California (incluida la de Gobernador en 2021), ya que el actual Gobernador, finalizará su mandato en 31 octubre de ese año.

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